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Alerta sobre repercusiones contra la activista y otros defensores de derechos humanos.-
Culiacán, Sinaloa, 12 septiembre 2023.-El Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Sinaloa condenó ayer enérgicamente la campaña de difamación y desprestigio contra María Isabel Cruz Bernal, lider del Colectivo de madres rastreadoras y consejera del organismo autónomo.
Reproducimos íntegramente el comunicado:
«Este Instituto para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado de Sinaloa, respalda el arduo trabajo que ha venido realizando la defensora de derechos humanos María Isabel Cruz Bernal y demás madres buscadoras del colectivo Sabuesos Guerreras A.C., en la localización de sus familiares desaparecidos en todo lo largo y ancho del territorio del estado de Sinaloa.
En este sentido, este Instituto condena enérgicamente la campaña de desprestigio y difamación realizada a través del anonimato y perles falsos en redes sociales, en contra de la defensora de derechos humanos María Isabel Cruz Bernal y demás integrantes del colectivo Sabuesos Guerreras A.C., por medio de la cual se busca denostar la labor de defensa de los derechos humanos que viene realizando dicha activista social desde hace varios años.
«Deben tenerse en cuenta las posibles repercusiones que esta campaña de difamación y desprestigio pueda causar en la activista María Isabel Cruz Bernal, así como en las y los demás integrantes del colectivo Sabuesos Guerreras A.C., pero también sobre todas las activistas, defensores y defensoras de derechos humanos que, desde sus trincheras, se atreven a levantar la voz exigiendo justicia para las familias que tienen hijos, padres, madres, hermanos y nietos desaparecidos.
Por dichos motivos, este organismo hace un llamado general para que se respete, proteja y garantice el derecho humano a defender derechos de todas aquellas personas que dedican su vida a la noble tarea de defender los derechos humanos de las personas en nuestra entidad federativa, en términos de lo dispuesto en los artículos 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1° y 4° Bis de la Constitución Política del Estado de Sinaloa».
Dirección General