Comité Anticorrupción de Sinaloa exhibe límites de transparencia del portal de obras públicas
• Acusa que una plataforma digital contratada por casi 8 millones de pesos sólo muestra obras financiadas con créditos y no la totalidad de proyectos estatales.-
Mazatlán, Sinaloa | 05 agosto 2026 | Redacción P23
El Comité de Participación Ciudadana (CPC) del Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción de Sinaloa solicitó una nueva respuesta técnica a la Secretaría de Obras Públicas, luego de que la dependencia rechazó una recomendación para ampliar el alcance del portal estatal de seguimiento de obra pública y convertirlo en una plataforma que concentre toda la información sobre las obras ejecutadas por el gobierno del estado.
La controversia surgió tras la negativa de la Secretaría a aceptar la Recomendación No Vinculante RNV-02/2026, mediante la cual el Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción propuso incorporar al portal todas las obras públicas estatales y fortalecer la publicación de información mediante formatos de datos abiertos. Actualmente, el sitio únicamente presenta los proyectos financiados con los créditos autorizados por el Congreso del Estado por 2 mil 300 millones de pesos en 2025 y 2 mil 200 millones de pesos en 2026.
La dependencia argumentó que el portal fue concebido exclusivamente como un mecanismo de transparencia para dar seguimiento a las obras financiadas con esos créditos y sostuvo que la legislación reconoce a CompraNet-Sinaloa como el sistema oficial de información pública en materia de obra pública. Sin embargo, el CPC considera que esa interpretación limita el potencial de una plataforma tecnológica diseñada para un propósito mucho más amplio.
Como parte de su análisis, el Comité recordó que en 2024 el gobierno del estado contrató, mediante la Licitación Pública Nacional GES 28/2024, una plataforma digital con un costo de 7 millones 998 mil pesos, cuyo objeto consistía en gestionar y administrar los proyectos de obra pública de la Secretaría de Obras Públicas.
Para el organismo ciudadano, esa contratación demuestra que el software fue concebido para dar seguimiento al conjunto de las obras ejecutadas por la dependencia y no únicamente a aquellas financiadas con una fuente específica de recursos.
CONTEXTO
El CPC también destacó que la Coordinación General de Desarrollo Tecnológico y Proyectos Especiales —responsable de la contratación del sistema— reconoció que las mejoras propuestas son técnicamente viables y compatibles con los estándares actuales de transparencia proactiva, aunque aclaró que la definición de los contenidos y el alcance del portal corresponde exclusivamente a la Secretaría de Obras Públicas.
Con base en el artículo 46 de la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Sinaloa, el Comité solicitará ahora al Comité Coordinador requerir una explicación detallada sobre el objetivo original de la plataforma, las razones para limitar su funcionamiento a las obras financiadas mediante créditos, la posibilidad de incorporar progresivamente todos los proyectos del Ejecutivo estatal y las acciones previstas para evitar que el software quede subutilizado una vez concluida la ejecución de esos recursos.
EDITORIAL P23
Más allá de un desacuerdo administrativo, el caso abre un debate sobre el alcance de la transparencia pública y el retroceso en materia de transparencia de la administración pública. La exigencia del CPC no gira en torno a la legalidad del portal, sino a si una plataforma financiada con recursos públicos debe utilizarse para ofrecer el máximo nivel de información posible o limitarse al mínimo para el que fue puesta en operación. La respuesta que emita la Secretaría de Obras Públicas deberá sentar un precedente sobre la manera en que el gobierno de Sinaloa entiende la transparencia proactiva y la rendición de cuentas en la ejecución de la obra pública.

